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Regímenes tributarios en Uruguay

Una guía sencilla de los regímenes posibles para una unipersonal: qué son, a quién aplican y cómo se calculan. Las cifras son los valores oficiales verificados para 2026.

Pequeña Empresa (Literal E)

Disponible en Tributo

El régimen más simple: en lugar de IVA e IRAE pagás una cuota fija mensual (IVA Mínimo).

A quién aplica

Unipersonales con ingresos anuales hasta $195.922.900 (2026).

Cómo se calcula

Cuota fija mensual de IVA Mínimo de $591 (con descuento de 75% o 50% en los primeros años: $147,80 o $295,50). Además, los aportes jubilatorios a BPS. No se liquida IVA ni IRAE.

Fuentes oficiales

Monotributo

Disponible en Tributo

Un único aporte mensual (ley 19.942) que reemplaza impuestos y BPS en una sola cuota.

A quién aplica

Actividades de muy pequeña escala que cumplen los requisitos del Monotributo (BPS/DGI).

Cómo se calcula

Una sola cuota mensual según la cobertura de salud (FONASA) y si tenés cónyuge a cargo. Reemplaza los impuestos nacionales y los aportes en un solo pago.

Fuentes oficiales

IRAE ficto

Disponible en Tributo

Pagás IRAE sobre una renta presunta (ficta) calculada a partir de tu facturación, no sobre la ganancia real.

A quién aplica

Servicios personales o unipersonales por encima de Literal E que no llevan contabilidad completa.

Cómo se calcula

Se presume que el 48% de tu facturación es renta y se grava al 25% (tasa efectiva ~12%), o el pago mínimo de $6.840 al mes si es mayor. Se suman los aportes a BPS (Industria y Comercio) y FONASA. El IVA es 0% para servicios exportados.

Fuentes oficiales

Arrendamientos (IRPF Cat. I)

Disponible en Tributo

IRPF sobre la renta de alquiler de inmuebles, con una tasa fija y una exoneración para pequeños arrendadores.

A quién aplica

Personas físicas que alquilan inmuebles.

Cómo se calcula

12% sobre la renta de alquiler (Título 7, art. 37). Quedás exonerado si el total de alquileres del año no supera las 40 BPC ($274.560 en 2026) y autorizás el levantamiento del secreto bancario, sin otras rentas de capital mayores a 3 BPC. Hay un pago a cuenta mensual (fechas de DGI, ordinal 22); su tasa la fija un decreto que aún no verificamos, así que mostramos solo la fecha.

Fuentes oficiales

IRAE real (contabilidad suficiente)

Disponible en Tributo

IRAE sobre la ganancia real (ingresos menos gastos), con contabilidad completa.

A quién aplica

Obligatorio por encima del tope de Literal E, o por opción. Requiere contador.

Cómo se calcula

25% sobre la renta neta fiscal real del ejercicio (Título 4, art. 23). Estimamos el IRAE anual con los ingresos y gastos que cargás y mostramos un pago mínimo mensual verificado; el monto definitivo surge de la declaración anual de tu contador.

Fuentes oficiales

IRPF

Disponible en Tributo

Impuesto a la renta de las personas físicas, por escala progresiva.

A quién aplica

Quienes prestan servicios personales y no optaron por IRAE.

Cómo se calcula

Escala progresiva mensual sobre las rentas del trabajo (BPS R 5/2026): mínimo no imponible de 7 BPC ($48.048/mes) y franjas de 0/10/15/24/25/27/31/36%. Mostramos un anticipo estimado antes de tus deducciones personales, que lo reducirían.

Fuentes oficiales

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